Cuando se requiera la cancelación de garantías otorgadas a favor de las instituciones liquidadas a que se refiere el artículo 24-B de la Ley de Saneamiento y Fortalecimiento de Bancos Comerciales y Asociaciones de Ahorro y Préstamos, el interesado deberá presentar solicitud y cumplir con los requisitos que se establecen en el instructivo emitido para la aplicación de la disposición legal anterior, a la cual se le dará trámite atendiendo las condiciones jurídicas en que se encuentre la garantía a cancelar.
Requisitos:
Presentación de Carta solicitud de inicio del trámite, adjuntando los requisitos que en dicha solicitud se requieren.
Si el titular del crédito, fiador o garante hipotecario se encuentra fuera de El Salvador, el tramite puede realizarlo un Apoderado que designen las personas antes mencionados, poder que deberá facultar expresamente para la realización de dicho trámite o similares.
Si el Titular del crédito ha falleció, es necesario que para la realización del tramite los herederos sigan las diligencias de aceptación de herencia y posteriormente a la declaratoria inscrita, se presenten en las oficinas de FOSAFFI.
Si el interesado es una tercera persona y no puede contactar a la persona ex deudora, puede iniciar el trámite adjuntando copia de documento que legitime su interés para la realización del trámite. (Por ejemplo: Compraventa del inmueble a favor de su persona).
Lugar del Tramite:
Departamento Jurídico – Sección de Saneamiento, Escrituración y Registro
Costo:
El FOSAFFI cobra por trámites administrativos según el monto del gravamen que se desea cancelar, siendo la tarifa la siguiente:
Además del valor del trámite anteriormente detallado a cancelar en FOSAFFI, el interesado deberá cancelar no a FOSAFFI:
Los honorarios del notario de su elección que realice los documentos requeridos para la cancelación de gravámenes a firmarse en FOSAFFI para posteriormente presentarse para su inscripción en el Centro Nacional de Registro, así como también los derechos de registro en CNR.
Publicaciones en Diario de mayor circulación (En caso de no tener recibo o constancia de cancelación de saldo a cero).
Formatos para descargar:
Modelo_Solicitud_Bancos_Liquidados_Art_24_B.docx |
Declaracion_Jurada_24B.doc |
Declaracion_Jurada_24B_Herederos.doc |
Declaracion_Jurada_24B_NUEVO_PROPIETARIO.doc |
Modelo_Cancelacion_24B_reformado_EP.doc |
Cómo solicitar el trámite:
Comunicándose con:
Licda. Karen Ramos
Tel.:2281-8357
Fax: 2281-8343 (Con atención a Licda. Karen Ramos)
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.